El fiscal Sergio Rodríguez consideró, tras una investigación de oficio, que “el acceso/consultas a la base de datos del RENAPER por parte del Ministerio de Justicia y Seguridad del gobierno de la Ciudad de buenos Aires parecería no tener una justificación racional a la luz de los datos aportados, lo que permitiría presumir que esos accesos no estarían justificados por lo que podría calificárselos de ilegales”.
Las consultas se realizaron sobre la base de un convenio firmado entre CABA y el RENAPER en febrero de 2019, cuando ambas esferas estaban en manos de Cambiemos. El ministro de Seguridad y Justicia porteño era Marcelo D’Alessandro. El dictamen de la PIA sostiene que “la existencia de un convenio no legitima cualquier acceso”; por lo tanto, “al no tener un motivo legítimo tornaría el acceso en ilegal”.
La denuncia se basa sobre el artículo 157 del Código Penal, que establece penas de un mes a dos años de cárcel e inhabilitación al funcionario público que revelare hechos, actuaciones, documentos o datos, que por ley deben ser secretos. Se trata, en esencia, de la protección de los datos personales, concretamente de la intimidad de los ciudadanos.
“Como ha quedado demostrado, existió una migración en cantidades exorbitantes de datos biométricos desde el RENAPER al Ministerio y/o la Policía de la Ciudad con motivo de las prevenciones efectuadas o para la carga y alimentación del Servicio de Reconocimiento Facial de Prófugos (SRFP). Tanto el peritaje como la propia información brindada por el RENAPER dan cuenta de más de 18 millones de consultas de registros existentes en los archivos remitidos”.
El dictamen, de unas 30 páginas, apunta a la responsabilidad penal del Ministerio y a la administrativa del RENAPER. “Luego de un exhaustivo análisis, cabe concluir que no encuentra relación lógica el número de consultas realizadas por el GCBA. Y esto no era un dato que le era ajeno al RENAPER, en cuanto conocían la cantidad de prófugos (no superior a 40.000 registros)”.
El convenio firmado en el último año del gobierno de Mauricio Macri establecía que la Ciudad “sólo podía efectuar consultas cuando desarrolle tareas requeridas por el Ministerio Público Fiscal, el Poder Judicial Nacional, provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y durante la etapa de prevención e investigación de delitos de acción pública”.
No hay constancias de requerimientos judiciales, ni de prevención o investigación que involucrara a Enriqueta Estela Barnes de Carlotto, Eduardo Emilio Belliboni, Sergio Alejandro Berni, el camarista Roberto José Boico y la fiscal de la causa Correo Argentino Gabriela Boquín.
Tampoco del dirigente social Ángel Borello; Myriam Bregman; Alejandro Pedro Bulgheroni, Patricia Bullrich, Elisa María Avelina Carrió, Eduardo Francisco Constantini, Eduardo Enrique “Wado” De Pedro, Nicolás Del Caño, Eduardo Sergio Elsztain, José Luis Espert, Dolores Etchehevere, Eduardo Feinmann, Alberto Ángel Fernández, Cristina Elisabet Fernández (226 consultas, la mayor cantidad), Aníbal Domingo Fernández, Marcos Eduardo Galperin, Alejandra Magdalena Gils Carbó y Juan Grabois.
Nada constaba para justificar las consultas sobre el jefe de la Policía Federal, Juan Carlos Hernández; el policía de la Ciudad desaparecido hace más de cuatro años Arshak Karhanyan; Axel Kicillof, Florencia Kirchner, Máximo Carlos Kirchner, Rafael Klejzer (Director Nacional de Políticas Integradoras de la Nación), Andrés Larroque, Ricardo López Murphy, Héctor Horacio Magnetto, Facundo Manes, Sergio Tomás Massa, Javier Gerardo Milei, Esmeralda Mitre, Gerardo Rubén Morales, Joaquín Miguel Morales (Solá).
En la misma situación están Pablo Hugo Moyano, María Rosa Muiños (Defensora del Pueblo de la CABA), Juan Manuel Olmos (vice jefe de Gabinete nacional), María Hebe Pastor de Bonafini, Paula Penacca, Jorge Gregorio Pérez Companc, Miguel Ángel Pesce, el fiscal Franco Eduardo Picardi, Néstor Pitrola, Julio Juan Piumato, Mariano Recalde, Paolo Rocca, Alberto Roemmers, Alejandro Guillermo Roemmers, Alfredo Pablo Roemmers, Carlos Fernando Rosenkrantz, Hugo Arnoldo Sigman, Vanesa Raquel Siley, Carlos Ernesto Stornelli, Gustavo Fabián Sylvestre, Inés Mónica Weinberg (Presidenta del Tribunal Superior de Justicia de CABA), Emiliano Benjamín Yacobitti y Eugenio Raúl Zaffaroni.
Son sólo algunos nombres conocidos, en millones de búsquedas, “La cuantía de consultas efectuadas por el Ministerio de Justicia y Seguridad de CABA podría estar afectando la protección de los datos de un sin número de titulares”, conjeturó el fiscal Rodríguez.
¿Para qué querían los datos biométricos?
El dictamen sostiene que hay elementos suficientes que permiten “avizorar la utilización de esos datos obtenidos ilegítimamente para un fin diferente al que originariamente se autorizó. Esa utilización comprendería la comunicación de estos datos a otras áreas de gobierno con fines diferentes al convenido entre el RENAPER y la cartera ministerial del GCBA”.
Por ejemplo, que se “estuvieran utilizando los datos obtenidos de esa base para actualizar el domicilio de los infractores de tránsito y así poder enviarles la multa”. El dictamen consigna, además, que “procuró la foto de uno de los autores del hecho conocido como la ‘violación grupal en Palermo’ para difundir en los medios de comunicación”.
El ministerio que estaba a cargo de D’Alessandro también “consultó los registros de 84 Magistrados (jueces y fiscales) en el marco del convenio de referencia, sin que ello, al menos de conocimiento público, obedeciera a los motivos que habilitaba la cláusula” del convenio.
El documento descarta que las desmesuradas y descontroladas búsquedas hubieran respondido a un fanatismo del gobierno porteño por perseguir el delito. De hecho, parece todo lo contrario, porque durante la pandemia “la comisión de delitos en la vía pública descendió abruptamente en esos meses. Solo basta con revisar las noticias periodísticas que daban cuenta de las estadísticas a nivel global y local, donde se hacía referencia a una baja en promedio del 37%». Esta baja de delincuencia y por tanto de causas de prevención por parte de las fuerzas de seguridad que operan en la CABA debería haber traído su respectivo correlato en la consulta del sistema.
¿Cuál habría sido el efecto esperado de esto, en los informes solicitados por el RENAPER en el marco del convenio? Una baja. Por el contrario, solamente en el mes de marzo de 2020, se solicitaron más de 750.000 datos al RENAPER, triplicando el promedio del año anterior con plena movilidad de las personas”.
La PIA citó como antecedentes las resoluciones judiciales adoptadas en el fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, donde el sistema fue declarado inconstitucional por la jueza Elena Liberatori. Lo que hizo el fiscal Rodríguez va más allá de eso: es una denuncia penal por la posible comisión de un delito que consiste, básicamente, en entrometerse en la vida privada de la gente, sin justificación alguna y, lo que es peor, sin que esté claro para qué lo hicieron.