Las presentaciones quedaron radicadas en juzgados en lo contencioso de la ciudad de Buenos Aires; los firmantes registran diferentes problemas de salud que adjudican a las dosis recibidas
En los tribunales en lo contencioso de la ciudad de Buenos Aires están las presentaciones caratuladas “Abrego, Eva Margarita y otros”; “Acosta López, Gloria Catalina y otros”; “Almada, Orlando Leoncio y otros”; “Antunes de Souza, Marisa y otros” y “Ardiles, María Eugenia y otros”. En el tema trabaja un grupo de una decena de abogados y 15 médicos de diferentes puntos del país.
Miguel Iannolfi, uno de los abogados patrocinantes de las demandas colectivas, explicó a LA NACION que vienen trabajando con “centenares” de casos desde hace más de dos años y que en las presentaciones están alcanzados el Poder Ejecutivo Nacional y los laboratorios Richmond Sacif (productor de la vacuna Sputnik V y CanSino); Pfizer; AstraZeneca; Raffo (Moderna); Serum Institute de India (productor de la vacuna Covishield) y el Instituto de Productos Biológicos de Beijing de China (Sinopharm).
Hasta el momento el único laboratorio que se expidió formalmente sobre el tema fue AstraZéneca: ”No realizamos comentarios sobre litigios en curso. Extendemos nuestra más profunda solidaridad con cualquier persona que haya perdido a un ser querido o haya informado problemas de salud. La seguridad del paciente es nuestra máxima prioridad y las autoridades reguladoras cuentan con estándares claros y estrictos para garantizar el uso seguro de todos los medicamentos, incluidas las vacunas. A partir del conjunto de pruebas obtenidas en ensayos clínicos y datos del mundo real, se ha demostrado continuamente que la vacuna AstraZeneca-Oxford tiene un perfil de seguridad aceptable y los reguladores afirman sistemáticamente que los beneficios de la vacunación superan los riesgos de posibles efectos secundarios extremadamente raros”.
Entre los problemas de salud diagnosticados más frecuentemente y relacionados potencialmente con la vacunación, el abogado mencionó pericarditis, miocarditis, trombosis, ictus, pérdida de la visión, dolores en las articulaciones, ACV, Guillain Barré, muerte súbita, enfermedades autoinmunes y problemas dermatológicos severos.
En las demandas, además se plantea la “inconstitucionalidad” del artículo 4 de la ley 27.573 por el que se facultó al Poder Ejecutivo a incluir en los contratos de compras de vacunas “cláusulas que establezcan condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones y otras reclamaciones pecuniarias relacionadas con y en favor de quienes participen de la investigación, desarrollo, fabricación, provisión y suministro de las vacunas, con excepción de aquellas originadas en maniobras fraudulentas, conductas maliciosas o negligencia por parte de los sujetos aludidos”. Además, quedó facultado a incluir “cláusulas o acuerdos de confidencialidad”.
“Sin información”
Los demandantes plantean que por esas condiciones hasta hoy “no sabemos cuál es el contenido real de las mal llamadas vacunas y no sabemos por qué tenemos los efectos adversos que poseemos”.
El texto repasa que el propio Ejecutivo por la resolución conjunta 7/2022 del Ministerio de Salud y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (Boletín Oficial del 25 de julio de 2022) estableció un procedimiento para la tramitación de los reclamos indemnizatorios a ser atendidos con recursos del Fondo de Reparación Covid-19. En ese contexto, indica que en esa instancia “no se convoca a ninguna junta médica para determinar incapacidad” y “no hay resoluciones”.
“Solo ofrece una compensación de hasta 240 haberes mínimos jubilatorios, la cual consideramos absolutamente insuficiente, toda vez que la gravedad de los daños que sufrimos nos han cambiado la vida de manera absoluta y necesitamos, además de tratar nuestro padecimiento físico, curarnos y poder subsistir”, añade el escrito. Los demandantes reclaman que los laboratorios paguen las indemnizaciones que correspondan.
A lo largo de las demandas también se plantea que muchos se colocaron las dosis “contra nuestra voluntad, y por la coacción ejercida por el propio Gobierno y los medios masivos de comunicación. No nos quedó otra opción que colocárnosla, para no ser discriminados y no perder derechos básicos y elementales”.
“Nunca se nos informó de los efectos adversos que podían provocar estas mal llamadas vacunas –añaden–, como así tampoco jamás se nos describió, de la manera más clara posible, sobre nuestro estado de salud y el procedimiento a seguir, detallando los beneficios y riesgos que implicaba la aplicación del inóculo”.
Iannolfi indica que en todos los casos se incluyen los reclamos administrativos realizados y el reporte del efecto adverso comunicado al Sistema SISA del Ministerio de Salud. “Hay casos de muertes, de incapacidades varias, de gente que perdió calidad de vida, que la pasa muy mal”, apunta el abogado.
Demanda individual
La única demanda individual en la Justicia hasta el momento es la de la cordobesa Flavia Ochoa, quien la presentó en diciembre contra el Estado y contra AstraZeneca, tras recibir la tercera dosis de su esquema de vacunación de esta marca en enero de 2022. Horas después, presentó los primeros problemas de movilidad y después de varios meses se le diagnosticó síndrome de Guillain-Barré con cuadriparesia. Continúa con rehabilitación, camina con asistencia de un andador, sufre de migrañas y no tiene control de esfínteres. Sí recuperó el movimiento de los brazos.
“En el dictamen de la comisión médica para la incapacidad laboral se determina que es por la inoculación de la AstraZeneca; también lo firman los neurólogos que la trataron”, indicó su abogado, Pablo Roca, a este diario. Además, hay documentación médica incluida en la presentación con la misma referencia.